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    Las frases de la página principal están recopiladas en el texto Contra periodistas, del escritor y periodista Màrius Carol. Editorial edhasa.

    Diputados impulsan plan para habilitar sesiones municipales virtuales

    • Una vez levantado el decreto de emergencia por la pandemia, los concejos municipales tienen que sesionar de forma presencial.
    • Iniciativa ya obtuvo el dictamen afirmativo en la comisión de municipales de la Asamblea Legislativa.

    Por lo menos dos diputados han presentado sendas iniciativas para permitir que las sesiones municipales se realicen en forma virtual sin depender de la declaratoria de emergencia.

    Recordemos que con la pandemia por el Covid-19, los concejos municipales recibieron el aval para poder sesionar a través de plataformas electrónicas. Esto, obviamente, fue de gran ayuda, especialmente, para funcionarios de zonas alejadas que debían desplazarse grandes distancias para acudir a las reuniones municipales.

    Sin embargo, al levantarse la declaratoria de emergencia por parte del gobierno actual, las sesiones volvieron a ser presenciales.

    El diputado socialcristiano, Leslie Bojorges, sostiene que cada Concejo Municipal sabe cuándo la virtualidad es una fortaleza y cuando es una debilidad. (Foto cortesía CRHoy).

    Ante esto, el diputado socialcristiano, Leslie Bojorges presentó la iniciativa denominada Ley para habilitar las sesiones municipales virtuales.

    El proyecto plantea que “… el funcionamiento de los Concejos Municipales constituye una necesidad imperante para el desarrollo de cada cantón, siendo que ahí se conocen temas presupuestarios, de desarrollo y de ejecución de proyectos, además de plantear, reformar o atender desde sus distintas aristas lo concerniente al plan regulador, etc… por lo que sus miembros juegan un rol protagónico y resulta necesario adaptar su labor a la posibilidad de extender sus sesiones a espacios virtuales”.

    Por ello, el plan pretende facultar la realización de las sesiones de manera presencial como virtual, mediante videoconferencias a través del uso de medios tecnológicos. 

    “Es importante entender que, cada Concejo Municipal sabe cuándo la virtualidad es una fortaleza y cuando es una debilidad, de manera que estos decidan cuando implementar la modalidad virtual según las necesidades de cada cantón, se puede leer en el texto.

    Precisamente, Bojorges plantea modificar el párrafo primero del artículo 37 del Código Municipal, y sus reformas, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

    “Artículo 37-  Las sesiones presenciales del concejo deberán efectuarse en el local sede de la municipalidad.  Sin embargo, podrán celebrarse sesiones en cualquier lugar del cantón, cuando concurran las siguientes circunstancias”.

    Además, busca variar el párrafo primero del artículo 37 bis del mismo código para que en adelante se lea de la siguiente manera:

    “Artículo 37 bis-        Las municipalidades y los concejos municipales de distrito quedan facultados para realizar sesiones municipales virtuales a través del uso de medios tecnológicos.  Tales sesiones se podrán celebrar en dichas condiciones a través de esos medios, en el tanto concurra el cuórum de ley”.

    Horacio Alvarado, diputado del PUSC, apunta que es necesario habilitar el mecanismo de sesiones virtuales de manera excepcional.

    Por su parte, su compañero de bancada, Horacio Alvarado, exalcalde de Belén, presentó otro proyecto de ley para la reforma de los artículos 36, 37 y 37 bis del Código Municipal.

    En la iniciativa de Alvarado se explica cómo quedó comprobado que las sesiones virtuales fueron una opción válida y eficiente, que garantizaron la continuidad de la actividad administrativa y de servicio público que le compete al gobierno municipal. 

    “A raíz de este ejercicio, se hace necesario habilitar el mecanismo de sesiones virtuales de manera excepcional, pero no condicionándolo solamente a cuando no exista caso de necesidad o emergencia y adoptando algunos aspectos de mejora que resultaron de la experiencia, que mantengan el equilibrio entre el uso de la tecnología y el correcto espíritu de las sesiones del cuerpo colegiado del gobierno cantonal”, plantea el plan del socialcristiano.

    A diferencia del proyecto presentado por Bojorges, el de Alvarado también pretende la modificación del artículo 36 del Código Municipal para que en adelante se lea de la siguiente manera:

    “Artículo 36: El Concejo podrá celebrar las sesiones extraordinarias que se requieren, y a ellas deberán ser convocados todos sus miembros con, al menos, veinticuatro horas de anticipación.

    “El orden del día para tales sesiones se señalará mediante acuerdo municipal, siempre que se refieran a asuntos referidos al trámite del presupuesto ordinario, a materia tributaria, a la aprobación de planes de desarrollo humano cantonal y a la aprobación de los planes reguladores, o bien, para asuntos según lo dispuesto en el inciso m) del artículo 17”.

    Cabe resaltar que la iniciativa fue dictaminada afirmativamente, en forma unánime, por la Comisión de Asuntos Municipales de la Asamblea Legislativa, el pasado 24 de agosto.

    En el expediente N° 22.610 se lee lo siguiente:

    “Los suscritos legisladores y legisladoras, integrantes de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo rendimos el siguiente DICTAMEN UNÁNIME AFIRMATIVO del Proyecto de Ley tramitado bajo el EXPEDIENTE N.º 22.610: “LEY PARA AUTORIZAR A LOS CONCEJOS MUNICIPALES REALIZAR SESIONES VIRTUALES EN SUS COMISIONES”, iniciado el 29 de julio de 2021 y publicado el 23 de agosto del 2021, en La Gaceta Nº 161…”.

    Como parte del trámite se realizaron las consultas correspondientes a las municipalidades. Estas fueron las respuestas

    Criterios sobre expediente 22.610
    InstituciónCriterio
    Municipalidad de TibásA favor de la propuesta
    Municipalidad de Santa AnaA favor de la propuesta
    Municipalidad de San RamónA favor de la propuesta
    Municipalidad de AtenasConsideran que no afecta la autonomía municipal
    Municipalidad de MoraviaA favor de la propuesta
    Municipalidad de Montes de OcaA favor de la propuesta
    Municipalidad de CorredoresA favor de la propuesta
    Municipalidad de San JoséA favor de la propuesta
    Municipalidad de San PabloA favor de la propuesta
    Municipalidad de CurridabatA favor de la propuesta
    Municipalidad de la UniónA favor de la propuesta
    Municipalidad de OrotinaA favor de la propuesta
    Municipalidad de QueposA favor de la propuesta
    Municipalidad de EsparzaA favor de la propuesta
    Municipalidad de GuatusoA favor de la propuesta
    Municipalidad de SarchíA favor de la propuesta
    Municipalidad de ZarceroA favor de la propuesta
    Municipalidad de JimenezA favor de la propuesta
    Municipalidad de Río CuartoA favor de la propuesta
    Municipalidad de AtenasA favor de la propuesta
    Municipalidad de OreamunoA favor de la propuesta
    Municipalidad de HojanchaA favor de la propuesta
    Municipalidad de BelénA favor de la propuesta
    Municipalidad de San IsidroA favor de la propuesta
    Municipalidad de NandayureToman nota y proceden al archivo.
    Municipalidad de HerediaA favor de la propuesta
    Municipalidad de AcostaA favor de la propuesta
    Municipalidad de NaranjoA favor de la propuesta
    Municipalidad de GreciaA favor de la propuesta
    Municipalidad de PococíNo tienen objeciones a la propuesta
    Municipalidad de GoicoecheaA favor de la propuesta
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