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    Las frases de la página principal están recopiladas en el texto Contra periodistas, del escritor y periodista Màrius Carol. Editorial edhasa.

    Exministra de Comex: “Resolución sobre aguacate Hass puede fortalecer demanda de importadores contra el Estado”

    • Costa Rica perdió litigio sobre importación de aguacate Hass de México.
    • Expertos concluyen que medidas discriminan al producto importado.

    Costa Rica tendrá que cambiar las medidas adoptadas para la importación del aguacate Hass, proveniente de México, según la resolución establecida por un panel de expertos conformado para resolver un litigio presentado por dicho país.

    Dyalá Jiménez, exministra de Comercio Exterior.

    Por ello, para la exministra de Comercio Exterior (Comex), Dyalá Jiménez, una de las consecuencias inmediatas que podría traer dicha determinación es potenciar la demanda contra el Estado costarricense que interpuso un grupo de importadores que se sintieron perjudicados a raíz de la prohibición.

    Además, la extitular de la cartera alabó el hecho de que el ministro de Agricultura y Ganadería, Renato Alvarado, manifestara que nuestro país se someterá a lo determinado por el organismo internacional.

    Según Alvarado, “… Costa Rica acogerá lo resuelto por el panel de expertos. Por esto, ya he girado las instrucciones necesarias con el fin de preparar los ajustes necesarios en las medidas de protección fitosanitarias relativas a la importación de aguacate, con el fin de cumplir nuestras obligaciones en el marco multilateral de comercio”.

    Por otra parte, Jiménez recalcó que esta prohibición, establecida durante la administración de Luis Guillermo Solís (2014-2018), nunca debió darse.

    Asimismo, a la abogada experta en arbitrajes internacionales se le consultó si durante su gestión como jerarca del Comex (hasta el 7 de agosto del 2020) intentó levantar dicha medida.

    A continuación, un extracto de la entrevista que La Reacción mantuvo con la exministra Jiménez.

    ¿Qué dice la resolución?

    El panel que examinó la controversia planteada estuvo compuesto por tres miembros imparciales, expertos en derecho de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y materia fitosanitaria, quienes después de varios intercambios de escritos, audiencias con las partes y con expertos en la materia, concluyeron que:

    • Las medidas tomadas por Costa Rica tienen por objeto proteger al país del sunblotch (mancha de sol).
    • Por tratarse de un objetivo legítimo (protección fitosanitaria), las medidas no representan un mayor grado de restricción al comercio del requerido para lograr este objetivo y alcanzan un nivel adecuado de protección fitosanitaria.
    • Sin embargo, el panel también señaló que Costa Rica debe modificar las medidas establecidas por aspectos relacionados con el análisis de riesgo de plagas y los procesos de vigilancia y verificación de plagas, al concluirse que la fundamentación científica de las medidas es insuficiente. Lo anterior, con el fin de que se ajusten a los compromisos internacionales adquiridos en el Acuerdo MSF.
    • El panel también concluyó que las medidas en cuestión discriminan al producto importado, toda vez que establecen condiciones diferentes para el aguacate nacional, estableciéndose una restricción encubierta al comercio internacional.
    • Por lo tanto, el panel recomendó que Costa Rica establezca medidas que sean consistentes con sus obligaciones en el marco multilateral de comercio.  
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